De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto 4165 de 2011, modificado por el artículo 4° del Decreto 746 de 2022, el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Infraestructura tendrá las siguientes funciones:
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Aprobar los objetivos y estrategias de la Agencia, así como su revisión periódica y la verificación de su cumplimiento.
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Aprobar el Plan Estratégico de largo, mediano y corto plazo de la entidad (objetivos, metas y proyectos) y los planes operativos.
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Aprobar, con base en la recomendación del Presidente de la Agencia la política general de la entidad, los planes proyectos y programas para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos al Plan Nacional de Desarrollo.
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Señalar los criterios generales para la ejecución de los planes, programas, proyectos y recursos de la Agencia, acorde con su objeto y funciones.
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Orientar el funcionamiento general de la Agencia para el cumplimiento de los objetivos, planes y programas definidos y su conformidad con las políticas del sector transporte y las políticas específicas de los proyectos de concesión u otras formas de Asociación Público-Privada.
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Verificar previa solicitud del Presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura, los asuntos, planes, proyectos, contratos y actividades que deben estar a cargo del Vicepresidente Ejecutivo de la Agencia y el Vicepresidente de Gestión Contractual, en aras de garantizar la oportuna e idónea ejecución de las funciones a cargo de estas dependencias. La asignación de los asuntos, planes, proyectos, contratos y actividades constará en las Actas del Consejo Directivo o del órgano que este delegue.
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Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia y sus modificaciones en los componentes de Funcionamiento, Deuda e Inversión y hacer un adecuado seguimiento a su gestión de conformidad con las normas vigentes.
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Aprobar los Estados Financieros de la Agencia.
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Conocer y hacer seguimiento a la integridad y confiabilidad de los sistemas contables y de información interna.
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Aprobar las políticas y los lineamientos definidos para la gestión institucional.
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Hacer seguimiento al sistema integrado de gestión de riesgos institucionales, así como al sistema de control interno.
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Conocer y hacer seguimiento para que la gestión de la entidad se desarrolle bajo un adecuado entorno de control.
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Promover la adopción de buenas prácticas de gobierno corporativo.
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Adoptar el Código de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento.
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Aprobar los lineamientos de gestión institucional y de planeación, priorización y coordinación interinstitucional de los proyectos de concesión u otras formas de Asociación Público-Privada.
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Formular directrices y recomendaciones durante la ejecución de los proyectos de concesión y de Asociación Público-Privada, previa presentación de los informes a cargo de las Vicepresidencias de Gestión Contractual y Ejecutiva de la Agencia.
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Autorizar las concesiones portuarias, previo estudio de otorgamiento por parte de la Agencia, de conformidad con el artículo 2.2.3.3.1.1 del Decreto 1079 de 2015.
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Formular recomendaciones a los provectos de Asociación Público-Privada de iniciativa privada, previo a la aprobación de factibilidad por parte de la Agencia.
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Formular recomendaciones a los proyectos de Asociación Público-Privada de iniciativa pública previo a la apertura del proceso de contratación de los proyectos.
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Formular recomendaciones a los proyectos de Asociación Público-Privada de iniciativa pública e iniciativa privada, previo a la adjudicación de los proyectos.
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Formular recomendaciones a las prórrogas y adiciones de los contratos de Asociación Público-Privada de iniciativa pública e iniciativa privada suscritos por la Agencia.
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Aprobar la propuesta de asignación y cobro de la contribución de valorización relacionada con obras de infraestructura de competencia de la Agencia, de conformidad con la ley y las normas reglamentarias sobre la materia.
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Evaluar el perfil profesional de los miembros independientes de acuerdo con el procedimiento de elección que se establezca para este fin y seleccionarlos.
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Definir los miembros y funciones de las Mesas Técnicas y Consejos Asesores.
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Conocer y evaluar los conflictos de interés entre los miembros del Consejo Directivo.
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Aprobar, adoptar y modificar su propio reglamento.
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Hacer seguimiento al reporte de avances en el desarrollo de proyectos de concesión y Asociaciones Público- Privadas presentado por el Presidente.
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Promover la adopción de buenas prácticas que promuevan la igualdad de género e inclusión.
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Hacer seguimiento al cumplimiento de las políticas, lineamientos institucionales, normas y procedimientos internos necesarios en la implementación de la Política de Transparencia.
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Autoevaluar su gestión anualmente y socializar sus resultados.
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El Consejo Directivo podrá crear, Consejos Asesores y Mesas Técnicas para el estudio, análisis y asesoría en temas de su competencia.
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Las demás funciones que le señalen la ley y los reglamentos.