
- En aplicación de la Circular No. 001 de 2020 del Archivo General de la Nación, los proveedores, consultores y concesionarios de la Entidad que no cuenten con firma digital, pueden radicar los documentos, a través del correo electrónico contactenos@ani.gov.co y quienes sí tengan firma digital/electrónica, lo podrán realizar a través de nuestra página web www.ani.gov.co haciendo click en el módulo Servicio al Ciudadano – Ciudadano – Radicación de Documentos o directamente en el enlace: https://orfeo.ani.gov.co/radicacionWeb/radicacionGeneral/.
Cuando los documentos deban ser firmados, podrán hacerlo mediante firma digital/electrónica o mecánica/facsímil, según la disponibilidad de dichos medios. (Decreto 2364 de 2012).
Los documentos deberán enviarse como datos adjuntos desde el correo electrónico registrado en el contrato, o desde un correo electrónico empresarial o institucional con el fin de garantizar su confiabilidad y seguridad.
Nota: Una firma facsímil es una reproducción de la firma manual que se puede guardar electrónicamente o por grabado, impresión o escaneado.
Fecha de Publicación:
03/04/2020
Año publicacion:
2020
Mes publicacion:
04